Factura electrónica B2B

La factura electrónica entre empresas ya tiene fecha.

Empresas y profesionales tendrán que facturarse en formato electrónico: desde octubre de 2027 quien supera 8 millones de euros y desde octubre de 2028 el resto. Faxtal es la herramienta para llegar a tiempo.

Qué cambia y cómo lo cubre Faxtal.

  1. Factura estructurada

    Ya no vale un PDF: la factura es un fichero en un formato estándar que el programa del cliente lee sin teclear. Faxtal emite y lee UBL, CII y FacturaE conformes a EN 16931.

  2. Copia en la AEAT

    Toda factura entre empresas queda en la solución pública de facturación electrónica de la AEAT, enviada por ella o como copia. Faxtal se conecta con ella antes de la primera fecha.

  3. Estados de pago

    Quien recibe la factura comunica cuándo la ha pagado entera o si la rechaza. La norma busca medir los plazos de pago reales y reducir la morosidad.

  4. Sobre VeriFactu

    La factura electrónica tiene que salir de un sistema adaptado a VeriFactu y lleva la dirección de su QR. Faxtal ya lo es: cada factura sale con su registro.

  5. Recibir antes de emitir

    Desde el 6 de octubre de 2027 recibirás facturas electrónicas de tus proveedores grandes y tendrás que comunicar su pago, aunque tu obligación de emitir empiece un año después.

Obligatoria en 2027 y 2028.

La crea el artículo 12 de la Ley 18/2022, Crea y Crece, y la desarrollan el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, que fija las fechas: 6 de octubre de 2027 para quien superó 8 millones de euros de volumen de operaciones el año anterior y 6 de octubre de 2028 para el resto. Quedan por concretar detalles técnicos de la solución pública de la AEAT, que estará disponible como tarde el 6 de agosto de 2027.

¿Facturas desde tu propio ERP?

Exporta cada factura en UBL, CII o FacturaE por la API de Faxtal, e importa por ella las que recibes de tus proveedores.

Conocer la API

Preguntas sobre la factura electrónica B2B.

¿A quién obliga?

A empresarios y profesionales cuando facturan a otro empresario o profesional establecido en España, sea cual sea su tamaño. Quedan fuera las facturas a consumidores finales y las simplificadas.

¿Desde cuándo?

Desde el 6 de octubre de 2027 si tu volumen de operaciones superó 8 millones de euros el año anterior, y desde el 6 de octubre de 2028 en el resto de casos. Los autónomos y las entidades en atribución de rentas de hasta 8 millones pueden no comunicar los estados de pago hasta el 6 de octubre de 2029.

¿Qué formatos valen?

Los conformes al estándar europeo EN 16931: UBL, CII, EDIFACT o FacturaE entre plataformas privadas. La solución pública de la AEAT trabaja solo con UBL.

¿Es lo mismo que VeriFactu?

No. VeriFactu exige que cada factura quede registrada en un sistema que no se puede alterar; la factura electrónica B2B regula el formato y el intercambio entre empresas. Se complementan: la segunda exige la primera.

¿Cuánto cuesta la solución pública de la AEAT?

Es gratuita, igual que las interconexiones entre plataformas.

¿Qué falta por definir?

Las obligaciones y las fechas ya están en el BOE. Quedan detalles técnicos de la solución pública de la AEAT, y la norma no trae un régimen de sanciones propio. Faxtal sigue los cambios y los lleva a la aplicación.

¿Está Faxtal preparado?

Ya emite y recibe en los formatos de la norma y es un sistema VeriFactu. La conexión con la solución pública de la AEAT y los estados de pago llegan antes del 6 de octubre de 2027.

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