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Calendario VeriFactu 2027: las dos fechas que cuentan

Dos fechas, una norma y un criterio para saber cuál es la tuya. Y un plan hacia atrás para no estrenar programa el día de la obligación.

Revisado el 5 min de lectura

El 1 de enero de 2027 entran las sociedades; el 1 de julio, todos los demás. Las dos fechas las fijó el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que aplazó un año las anteriores. El texto consolidado del reglamento en el BOE no ha vuelto a cambiar desde el 3 de diciembre de 2025.

Actualización del 12 de octubre de 2026. Hacienda anunció el 5 de octubre que aplazará las obligaciones pendientes de VeriFactu hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica de las empresas de hasta 8 millones de euros. Es un anuncio, no una norma: mientras no se publique en el BOE, siguen vigentes el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Qué se sabe y qué no, en VeriFactu se aplaza a octubre de 2028.

Las fechas

FechaQué pasaA quién afectaNorma
29 de julio de 2025Los fabricantes ya tienen que ofrecer programas adaptadosProductores y comercializadores de software de facturaciónRD 254/2025
3 de diciembre de 2025Se publica el aplazamiento, en vigor al día siguienteTodos los obligadosRD-ley 15/2025
11 de diciembre de 2025El Congreso convalida el aplazamientoTodos los obligadosResolución de 11 de diciembre de 2025
5 de octubre de 2026Hacienda anuncia que aplazará las obligaciones pendientes a octubre de 2028. Aún no hay normaTodos los obligadosNota informativa del Ministerio de Hacienda
1 de enero de 2027Tu programa de facturación tiene que generar registros conformesContribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: SL, SA, cooperativas y demásRD 1007/2023, disposición final cuarta
1 de julio de 2027Lo mismo, para el restoAutónomos en IRPF (directa u objetiva), comunidades de bienes, sociedades civiles y demás entidades en atribución de rentas, no residentes con establecimiento permanenteRD 1007/2023, disposición final cuarta

Antes del RD-ley 15/2025, las fechas eran el 1 de enero y el 1 de julio de 2026, las que había puesto el RD 254/2025. Y antes de eso, el texto original de 2023 hablaba de julio de 2025. Dos aplazamientos en un año explican por qué todavía encuentras guías que dicen 2026: se escribieron cuando era verdad y nadie las ha corregido. Si dudas, mira la nota informativa de la AEAT sobre la ampliación del plazo, enlazada al final.

Cuál es la tuya

Hazte una pregunta: ¿presentas el Impuesto sobre Sociedades? Si la respuesta es sí, tu fecha es el 1 de enero de 2027. Si tributas en IRPF por una actividad económica, o por atribución de rentas, es el 1 de julio.

La pregunta se hace por obligado tributario, no por persona. Rosa tiene una SL de reformas y, además, da clases de dibujo técnico como autónoma. La SL entra el 1 de enero y la actividad de Rosa como persona física, el 1 de julio. Son dos obligados distintos, cada uno con su calendario. En Faxtal serían también dos empresas, cada una con su plan, porque la unidad de suscripción es el NIF.

Hay tres casos sin fecha de VeriFactu:

SituaciónPor qué no tiene fecha
Llevas los libros del IVA por el SII, obligado o voluntarioEl artículo 3 del reglamento lo deja fuera. Ver VeriFactu y SII
Tu domicilio fiscal está en el País Vasco o Navarra y tributas por su normativaAplica TicketBAI o el sistema de tu hacienda foral. Ver VeriFactu, TicketBAI o BATUZ
Emites todas tus facturas a mano, en talonarioNo usas ningún sistema informático de facturación

Canarias, Ceuta y Melilla sí entran, con las mismas dos fechas: el reglamento se aplica también con IGIC e IPSI. Qué exige exactamente a tu programa, en qué es VeriFactu.

Hacia atrás desde tu fecha

Nada te impide empezar antes. Adelantarte es voluntario, no te añade obligaciones y te deja resolver los problemas cuando nadie más tiene prisa. Lo que sale caro es estrenar programa el mismo día de la obligación. Este es un reparto que funciona.

Si eres una sociedad (1 de enero de 2027)

CuándoQué haces
Hasta octubre de 2026Inventario de todos los puntos desde los que facturas: programa principal, TPV, tienda online, plantillas del comercial
Noviembre de 2026Programa elegido, datos importados, series nuevas preparadas
Diciembre de 2026Emites ya con registro, aunque todavía no estés obligada
1 de enero de 2027Primera factura del ejercicio con la serie nueva, sin estreno

Si eres autónomo o entidad en atribución de rentas (1 de julio de 2027)

CuándoQué haces
Hasta marzo de 2027Revisas cómo facturas hoy y si tu hoja de cálculo cuenta como sistema informático
Abril y mayo de 2027Programa elegido, clientes y productos importados
Junio de 2027Emites con registro un mes antes de la fecha
1 de julio de 2027Obligación efectiva

En Faxtal, empezar antes no cambia el flujo: el registro con huella, encadenamiento y QR se genera al emitir desde la primera factura, en todos los planes, también en el gratuito. Clientes, productos y facturas anteriores entran desde Excel, así que no tienes que teclear el histórico para cambiar de herramienta.

El caso del autónomo, contado de principio a fin con un fontanero que factura desde Excel, está en VeriFactu para autónomos. Los cinco pasos, en cómo adaptarse a VeriFactu.

Si llevas una cartera

Una gestoría no tiene dos fechas: tiene dos oleadas. Primero todas las sociedades, que tienen que estar emitiendo con registro antes del 1 de enero de 2027. Después los autónomos y las comunidades de bienes, antes del 1 de julio. Por el camino hay que apartar a los clientes en SII y a los de domicilio foral, que van por otra vía.

Faxtal lo resuelve con la línea Partners: un panel con toda la cartera, roles por cliente y empresas de territorio común en la misma herramienta. Cómo ordenar la migración, en migrar la cartera a VeriFactu.

Lo que no cambia con el calendario

El aplazamiento movió la fecha de los usuarios, no la de los fabricantes, que sigue vencida desde el 29 de julio de 2025. Tampoco tocó el régimen sancionador del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, que está en vigor desde 2021. Desde tu fecha, seguir facturando con un programa que no genera registros encaja en ese artículo. Las cifras, y a quién se aplica cada una, en sanciones VeriFactu.

Ninguna norma publicada en el BOE ha movido estas fechas desde diciembre de 2025. El aplazamiento a octubre de 2028 está anunciado, no aprobado: hasta que salga en el BOE, planifica con ellas. Si se confirma, actualizaremos este calendario.

Fuentes

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