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VeriFactu

Qué es VeriFactu: un requisito de tu programa, no un trámite

No presentas nada ni pagas nada nuevo. Cambia lo que hace tu programa cada vez que pulsas «Emitir», y eso tiene fecha: hoy, 2027, aunque Hacienda ha anunciado que la moverá a 2028.

Revisado el 4 min de lectura

VeriFactu obliga al programa con el que facturas: cada factura tiene que dejar un registro encadenado, con huella y QR, que nadie pueda tocar después. No es un impuesto ni un modelo que presentes, y no cambia lo que cobras ni lo que declaras. Lo regula el Real Decreto 1007/2023, modificado por el RD 254/2025, con las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1177/2024. Es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto, según el calendario VeriFactu.

Actualización del 12 de octubre de 2026. Hacienda anunció el 5 de octubre que aplazará las obligaciones pendientes de VeriFactu hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica de las empresas de hasta 8 millones de euros. Es un anuncio, no una norma: mientras no se publique en el BOE, siguen vigentes el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Qué se sabe y qué no, en VeriFactu se aplaza a octubre de 2028.

Qué hace tu programa al emitir

Cuando expides una factura, el sistema genera un registro de alta con sus datos esenciales: emisor, número y serie, fecha, destinatario, importes y desglose del impuesto. Calcula sobre ese registro una huella, una cadena de 64 caracteres que cambia por completo si se toca un céntimo, y guarda dentro la huella del registro anterior. Si alguien altera una factura pasada, la cadena se rompe desde ese punto y se nota al recalcular.

La factura sale con un QR que tu cliente puede escanear para cotejarla en la sede de la AEAT. Si te equivocas, nada se borra: se añade un registro de anulación o se emite una rectificativa. Lo seguimos paso a paso, con una fisioterapeuta que emite una factura a las 10:42, en registro de facturación, QR y huella.

Hay dos formas de cumplir. En la modalidad VERI*FACTU, cada registro se remite a la AEAT en el momento; a cambio, no hace falta firmarlo, la factura lleva la leyenda «VERI*FACTU» y se presume que el sistema cumple. En la modalidad no verificable, los registros se quedan en tu sistema, firmados electrónicamente y con un registro de eventos, y se entregan cuando la AEAT los pide.

En Faxtal, el registro se genera y se remite a la AEAT al emitir, sin un botón aparte, en todos los planes, también en el gratuito. Lo que eliges tú es quién pone el certificado para la remisión: subes el tuyo o delegas en la plataforma, y lo puedes cambiar después.

A quién obliga

A cualquier empresario o profesional que expida facturas con un sistema informático, sin umbral de tamaño. Un autónomo que emite seis facturas al año con un programa está tan dentro como una sociedad con cien empleados. Estar en módulos no te saca. Canarias, Ceuta y Melilla están dentro: el reglamento se aplica igual con IGIC e IPSI.

Quedan fuera cuatro casos. Quien lleva los libros del IVA por el SII, obligado o voluntario, explicado en VeriFactu y SII. Quien tributa por la normativa foral del País Vasco o Navarra, que tiene sus propios sistemas. Quien tiene una resolución de no aplicación de la AEAT. Y quien emite todas sus facturas a mano.

Word y Excel tienen su matiz. Según la AEAT, si solo los usas para escribir, imprimir y guardar la factura, no son un sistema informático de facturación. Si les has programado una macro que te monta el libro registro del IVA, sí lo son.

Tampoco es la factura electrónica obligatoria entre empresas. Esa es otra ley, con otro calendario, y regula cómo viaja la factura hasta tu cliente. Las diferencias, en VeriFactu y factura electrónica.

Si tu programa no se va a adaptar

La AEAT no homologa programas ni publica una lista. Lo que exige es una declaración responsable del fabricante, visible en el propio producto, de que cumple el reglamento. Si tu proveedor no la tiene, o te dice que no va a adaptar tu programa de gestión, no estás obligado a tirarlo.

Puedes seguir preparando las facturas en él y expedirlas a través de un sistema que sí cumple. Con la API de Faxtal, disponible en los planes Pro y Business, tu programa manda los datos y Faxtal expide la factura con su registro, su huella y su QR. Cómo se monta, en tu programa de gestión no cumple VeriFactu: no lo cambies.

Lo que te juegas

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria castiga con 50.000 € por ejercicio tener un sistema que no cumple. Los 150.000 € que circulan en los titulares son para quien fabrica o vende el programa. Lo explicamos en sanciones VeriFactu, y el plan para llegar a tu fecha sin sobresaltos, en cómo adaptarse a VeriFactu.

Fuentes

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